Chacabuco 100 | BLA0171

FICHA

  • Producto Departamento
  • Operación Alquiler
  • Barrio Monserrat
  • Ambientes 2
  • Dormitorios 1
  • Baños 1
  • Estado Reciclado
  • Disposición Lateral
  • Sup. Propia 29,60 m2
  • Expensas 130000

$ 500.000

ALQUILER

Chacabuco 100

Monserrat

VENTA DE 2 AMBIENTES (30 M2) EN MONSERRAT! UBICACIÓN: CHACABUCO AL 100, entre Hipólito Irigoyen y Adolfo Alsina, MONSERRAT. Excelente ubicación. A tan solo 2 cuadras del Complejo Histórico Cultural Manzana de las Luces, a 2 cuadras de la Av. de Mayo (3 de la Plaza de Mayo), a 2 cuadras de la Av. Belgrano y a 3 cuadras de la Av. 9 de Julio. Rodeado de medios de transportes (colectivos, líneas de subte y premetro). DEPARTAMENTO: 2 ambientes totalmente reciclado a nuevo, ubicado en la Planta Baja al lateral. Posee: Cocina integrada con barra desayunadora. Baño completo con ducha. Dormitorio. Agua caliente central. SUPERFICIE TOTAL = 29,60 m2 Encontrá lo que buscas en nuestra web! *AVISO: El inmueble se vende sin amoblar. Las fotos y descripciones efectuadas sobre valores y medidas de la presente publicación son aproximadas, las reales surgen del titulo de propiedad o plano de mensura. Los datos son provistos por el propietario al día de la fecha y pueden no estar actualizados al momento de su visualización. Venta supeditada al cumplimiento por parte del propietario de la solicitud de COTI, requisito de la resolución general Nº 2371 de la AFIP. Estamos a disposición por cualquier consulta o sugerencia.


DETALLE DE LA PROPIEDAD

Expensas: 130000

*Las descripciones arquitectónicas, valores de expensas, impuestos o servicios, fotos y medidas de las propiedades son aproximados. Los datos fueron proporcionados por el propietario y pueden no estar actualizados a la hora de la visualización de este aviso por lo cual pueden arrojar inexactitudes o discordancias con las que surjan de los las facturas, títulos o planos legales del inmueble. Se pondrá a disposición del interesado la documentación necesaria a fin de realizar las verificaciones respectivas previamente a la realización de cualquier operación, requiriendo por sí o sus profesionales la documentación que corresponda.
*Inciso 8 del artículo 10 de la Ley 2340 (texto consolidado según Ley N° 5666). Para los casos de alquiler de vivienda, el monto máximo de comisión que se le puede requerir a los propietarios será el equivalente al cuatro con quince centésimos por ciento (4,15%) del valor total del respectivo contrato. Se encuentra prohibido cobrar a los inquilinos que sean personas físicas comisiones inmobiliarias y gastos de gestoría de informes", segun Art.4 de la Ley 5.859 de C.A.B.A.

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