Tres arroyos 800 | BLA0192

FICHA

  • Producto Departamento
  • Operación Alquiler
  • Barrio Villa Crespo
  • Ambientes 2
  • Dormitorios 1
  • Baños 1
  • Estado Muy Bueno
  • Disposición Contrafrente
  • Sup. Propia 40,00 m2
  • Expensas 200000

$ 590.000

ALQUILER

Tres arroyos 800

Villa Crespo

ALQUILER 2 AMBIENTES CON BALCÓN EN VILLA CRESPO! Ubicado en la calle TRES ARROYOS al 800 entre Cucha Cucha y Nicolás Repetto. Excelente ubicación. Se encuentra a 1 cuadra y media de la Av. San Martín, a 3 cuadras de la Av. Juan B Justo, a 4 cuadras del Cid Campeador. Rodeado de varias líneas de colectivo (Metro Bus). DEPARTAMENTO: 2 ambientes luminosos al contrafrente. Excelente estado. Ubicado en el 3º piso: - Cocina integrada con barra desayunadora y muebles sobre y bajo mesada. Cocina a gas. Calefón. Ventilación al exterior. - Living-comedor con salida al balcón. AA frío/calor. Estufa de tiro balanceado. - 1 dormitorio con ventana al exterior. Placard con puerta espejo. AA. Estufa de tiro balanceado. - Balcón. - Baño completo con bañadera y mampara. - Servicios Individuales. CONDICIONES DE ALQUILER: Contrato de locación para vivienda por el plazo de 2 años con ajuste cuatrimestral por IPC. Valor mensual + expensas + servicios individuales. Depósito en garantía. Garantía propietaria o seguro de caución. Gastos administrativos. ***AVISO: Las fotos y descripciones efectuadas sobre valores y medidas de la presente publicación son aproximadas. Los datos son provistos por el propietario al día de la fecha y pueden no estar actualizados al momento de su visualización, ya que fueron brindados por el propietario a la hora de su publicación. Todo interesado deberá comprobar los datos antes de realizar cualquier operación. LEY 5859. ART. 4.-“Para los casos de alquiler de vivienda, el monto máximo de comisión que se le puede requerir a los propietarios será el equivalente al cuatro con quince centésimos por ciento (4,15%) del valor total del respectivo contrato. Se encuentra prohibido cobrar a los inquilinos que sean personas físicas comisiones inmobiliarias y gastos de gestoría de informes”. ART. 5.- “Se encuentra prohibido cobrar comisiones inmobiliarias y gastos de gestoría de informes a los inquilinos que sean personas físicas. Para los casos de alquiler de vivienda, el monto máximo de comisión que se le puede requerir a los propietarios será el equivalente al cuatro con quince centésimos por ciento (4,15%) del valor total del respectivo contrato”.


DETALLE DE LA PROPIEDAD

Expensas: 200000

*Las descripciones arquitectónicas, valores de expensas, impuestos o servicios, fotos y medidas de las propiedades son aproximados. Los datos fueron proporcionados por el propietario y pueden no estar actualizados a la hora de la visualización de este aviso por lo cual pueden arrojar inexactitudes o discordancias con las que surjan de los las facturas, títulos o planos legales del inmueble. Se pondrá a disposición del interesado la documentación necesaria a fin de realizar las verificaciones respectivas previamente a la realización de cualquier operación, requiriendo por sí o sus profesionales la documentación que corresponda.
*Inciso 8 del artículo 10 de la Ley 2340 (texto consolidado según Ley N° 5666). Para los casos de alquiler de vivienda, el monto máximo de comisión que se le puede requerir a los propietarios será el equivalente al cuatro con quince centésimos por ciento (4,15%) del valor total del respectivo contrato. Se encuentra prohibido cobrar a los inquilinos que sean personas físicas comisiones inmobiliarias y gastos de gestoría de informes", segun Art.4 de la Ley 5.859 de C.A.B.A.

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